El próximo 25 de mayo entrará en vigor el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (GDPR, por sus siglas en inglés) y no para de asistir a diferentes foros para sensibilizar sobre esta normativa que cambia totalmente la forma en que serán protegidos los datos personales.
Supone un cambio radical en la configuración de la protección de este derecho fundamental, pues pasamos de un régimen reactivo, donde las autoridades reguladoras actuaban en base a denuncias, a otro de responsabilidad activa. Esto
implica que antes de ofrecer un producto o servicio, las administraciones públicas y las empresas que hacen uso de datos sensibles deben haber analizado y aplicado todas las medidas técnicas, organizativas y de seguridad para
asegurarse de que los datos que traten de clientes, empleados o ciudadanos tienen aplicados la privacidad por defecto y la privacidad desde el diseño.
Hay un avance tremendo que te explicamos desde Asesoría Afeco Perera, en Tenerife Sur, Los Cristianos. Es mucho más garantista, pues no solo se aplica a las empresas establecidas en Europa, también a aquellas de fuera siempre que
ofrezcan productos y servicios a los ciudadanos en Europa o hagan perfilado de su comportamiento, y eso es un plus de tranquilidad para todos nosotros como consumidores. Además, los ciudadanos van a tener mucho más control de sus
datos. Las empresas y administraciones públicas nos tienen que decir de dónde han obtenido nuestros datos, para qué los van a tratar, a quién se los van a ceder, durante cuánto tiempo los van a conservar y cuál es la base jurídica
que les da la legitimidad para tratarlos. Por último, se recogen tres derechos nuevos: el derecho a la limitación del tratamiento, el de la portabilidad y el derecho al olvido.
Dicho esto, es cierto que las grandes empresas y las pymes que tienen más obligaciones por el tipo de datos que tratan están teniendo que dedicar unos recursos importantes para adaptarse a la normativa, pero muchas empresas me
dicen que les ha venido bien porque al hacer sus análisis han visto debilidades y han aprovechado para mejorar internamente todos sus procesos de tratamiento de datos.
No habrá moratoria para poner en marcha el 25 de mayo la obligatoriedad de cumplimiento de la Ley de Protección de Datos. Actualmente existen tres inspecciones, una sobre contratación a distancia, otra a entidades financieras y
otra en el ámbito sociosanitario, y otra relacionada con el tema de los visados y el Espacio Schengen.
El reglamento marca tres supuestos. Es obligatorio en todos los organismos públicos y para las entidades que tratan datos a gran escala o tratan datos a gran escala especialmente sensibles, como las de seguros y banca, telecos, las
de servicios de sociedad de la información o las que hacen publicidad a gran escala. Igualmente pasa con las pymes que manejen datos sensibles, que en muchos casos no tiene sentido contratar un delegado en exclusiva. Piense en un
farmacéutico rural por ejemplo. En cualquier caso, queremos denunciar para dar seguridad en el mercado que hay algunas consultoras, entre comillas, que ofrecen servicios a coste cero utilizando fondos de formación de la Fundación
Tripartita y suponen un engaño al empresario. Es decir, les firman que les han realizado un curso de formación, utilizando fondos de esa formación y a cambio les firman un papel de que han cumplido con la normativa de protección
de datos. A parte de que es un desvío de fondos públicos, a ese empresario no le están salvaguardando si luego tiene una denuncia de un cliente o un empleado.
Es importante que el consumidor pueda dar su consentimiento para cada uso que se vaya a hacer de sus datos.
Incumplir la normativa también tiene un daño reputacional, que no es un tema menor, y el ejemplo más claro fue la fuerte caída en Bolsa que tuvo Facebook tras el escándalo de Cambridge Analytica. Pero, además, la multa máxima pasa
de 600.000 euros a 20 millones o el 4% del volumen de facturación mundial. Y si se cometen varias infracciones, las sumas podrían ser muy importantes.
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