Existen ciertos casos en los que esta tarifa puede ampliarse, y otros en los que no es compatible con la fórmula profesional escogida. A pesar de que la tarifa plana para los nuevos trabajadores autónomos es de 50 euros al mes durante el primer año, según información recibida por Asesoría Afeco Perera en Tenerife Sur, Los Cristianos, cuando el autónomo se dé de alta en municipios de menos de 5.000 habitantes, dichos profesionales pueden ampliar un año
más la tarifa. Para ello se debe estar empadronado en un municipio con menos de 5.000 habitantes.
En el caso del profesional puede estar dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o de las Haciendas Forales, y que el lugar de desarrollo de la actividad profesional sea en
un municipio cuyo padrón municipal sea inferior a 5.000 habitantes. En este caso, para mantener la ayuda se debe permanecer de alta en el municipio como autónomo durante los dos años siguientes.
En el caso de los colectivos de personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o por terrorismo. Estos profesionales tienen su propio reglamento de ayudas, que mejoran las condiciones que ofrece la tarifa plana.
Los autónomos societarios no pueden beneficiarse de la tarifa plana. Por el contrario, los Tribunales de Justicia han realizado distintas sentencias en las que se establece que los socios de una empresa nueva sí pueden beneficiarse
de esta ayuda. La situación de los autónomos societarios, por tanto, podría marcarse como dudosa.
En cuanto a los autónomos colaboradores, los familiares, de hasta segundo grado, contratados por el trabajador por cuenta propia tienen sus propios incentivos, por lo que éstos no pueden compatibilizarse con el de la tarifa plana.
Si el autónomo está en régimen de pluriactividad en estos casos su situación es también incompatible con la tarifa plana. En caso de pluriactividad entre un trabajo por cuenta ajena y otro por cuenta propia, la ley de emprendedores
pone a disposición de los trabajadores las opciones de elegir entre la tarifa plana o la bonificación por pluriactividad, que abarca hasta el 50% de la cuota. Si se escoge la segunda, la primera no podrá ser de aplicación.
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