El autónomo puede contratar a un familiar.  Te explicamos la mejor manera.

El autónomo puede contratar a un familiar. Te explicamos la mejor manera.

Fecha 09/10/2018. Los autónomos pueden contratar a su cónyuge, padres o hijos. Según la forma de la contratación elegida accederá a unas u otras ayudas.

La nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo permite la contratación por cuenta ajena de familiares, con una serie de bonificaciones que favorecen esta modalidad. Con anterioridad a la ley, lo habitual era proceder bajo la figura de autónomo colaborador. Sin embargo, Eso sí, para contratar familiares, los autónomos deberán cumplir una serie de obligaciones, dependiendo del tipo de familiar y su condición.

Nosotros desde Asesoría Afeco Perera en Tenerife Sur, Los Cristianos, vamos a proceder a explicarte las diferentes fórmulas que tiene un autónomo para contratar a un familiar y cuál es la que más le puede compensar según qué casos:

1. Bonificación por contrato de un familiar. La última ley de autónomo concede una bonificación de la cuota empresarial por contingencias comunes del 100% durante un año. Para poder beneficiarse de esto, el autónomo deberá contratar a su cónyuge, ascendiente, descendiente o familiar de hasta segundo grado por consanguinidad. Además, es preciso que el trabajador por cuenta propia o haya despedido a empleados, ya sea por causas objetivas o de forma disciplinaria que se hayan declarado como improcedentes en el último año. De igual manera, tampoco estos despidos pueden haber sido de carácter colectivo, y declarados como no ajustados a Derecho.

2. Contrato de hijos. Los autónomos con hijos menores de 30 años que convivan con ellos también podrán ser contratados. En este caso, los hijos de los trabajadores por cuenta propia tienen excluida la cobertura por desempleo. En caso de que el hijo sea mayor de 30 años, el autónomo también podrá contratarle, siempre y cuando tenga especiales dificultades para acceder al mercado laboral (parálisis cerebral, discapacidad física…). Para ser considerado como tal, el trabajador que se vaya a contratar deberá pertenecer a alguno de los siguientes casos.

3. Bonificación por alta de familiares colaboradores de trabajadores autónomos. Los autónomos que contraten a su cónyuge, pareja de hecho, y parientes de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad y, en su caso por adopción, podrán obtener una bonificación durante 24 meses.

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