Los autónomos a partir de octubre, están obligados a estar dados de alta en el sistema RED. Nosotros en nuestra Asesoría Afeco Perera, en Tenerife Sur Los Cristianos, te comenzamos a decir que este Sistema de Remisión Electrónica de Datos sirve para comunicarse electrónicamente con la Seguridad Social. De este modo, podrán gestionar trámites relacionados con la afiliación, la cotización o la recaudación de cuotas. También recibirán notificaciones de este organismo a través de este sistema. Hay que saber que las notificaciones de la Seguridad Social se producirán únicamente por esta vía. Si pasan diez días, aunque no hayas entrado en la notificación en cuestión, la Administración te
dará por notificado.
Se podrá acceder a los servicios de la SEDESS (Sede Electrónica de la Seguridad Social) a través de un certificado electrónico emitido por la Seguridad Social, un DNI electrónico o bien el sistema Cl@ve.
Tanto con en el caso del certificado electrónico como con el DNI electrónico ocurre exactamente lo mismo. Todos los servicios dirigidos a trabajadores autónomos serán accesibles, incluidos el de consulta y firma de notificaciones
telemáticas. Permite además el hecho de presentar solicitudes.
El ciudadano según la propia Seguridad Social, tiene la posibilidad de gestionar, previa solicitud del mismo, la obtención del certificado personal de la FNMT.
Los autónomos debemos mediante el sistema Cl@ve, lo primero que tenemos que hacer es registrarnos en este sistema, utilizando el certificado digital o el DNI electrónico. Teniendo en cuenta que con ellos se pueden realizar,
incluso, más gestiones que con el sistema Cl@ve.
En cualquier caso, también puedes hacer la gestión presencialmente en las Oficinas de la Seguridad Social. Después tendrás que activar el código que se te facilite, dentro del área de gestión de contraseña del sistema
Cl@ve.
Se podrá acceder a SEDDES, a través de estos tres modelos, entre otras cuestiones, se podrán consultar las notificaciones oficiales de la Seguridad Social, que son completamente oficiales y válidas por esta vía.
La Seguridad Social es tajante en su página web, y da muestras de la importancia de cumplir con este requisito a partir de la fecha marcada. Las notificaciones se realizarán mediante esta vía y estarán a disposición del interesado
durante diez días. Transcurrido este tiempo, aunque no se haya accedido a la notificación, se dará por efectuada.
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