El Tribunal Supremo determino que las prestaciones públicas por maternidad están exentas, según una sentencia a la Seguridad Social ha dejado de descontar el IRPF de las prestaciones de maternidad, están exentas de dicho impuesto.
Las nuevas prestaciones reconocidas se abonarán sin el mencionado descuento y, las ya reconocidas y en fase de abono, se pagarán en octubre también sin la retención correspondiente al IRPF.
Esta medida beneficia también a las solicitudes de la prestación que se realicen telemáticamente a través del portal Tu Seguridad Social.
El Supremo desestima un recurso de la Abogacía del Estado que defendía que dichas prestaciones no debían estar exentas del IRPF y confirma una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de junio de 2017, que estimó el
recurso de una mujer y ordenó a Hacienda que le devolviera la cantidad ingresada en el IRPF de 2013 por la prestación de maternidad percibida en dicho ejercicio.
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