Habrá una bonificación en la cuota empresarial por contingencias comunes del 100% durante un periodo de doce meses.
A la espera de su visto bueno en el Senado, la nueva Ley de Autónomos incluye un apartado específico que reconoce ayudas a aquellos miembros del colectivo que contraten un familiar. En concreto, esta bonificación en la cuota
empresarial por contingencias comunes será del 100% durante un periodo de doce meses-
Para ello, según explica EFE, deberá producirse una contratación, por parte del autónomo, de carácter indefinido a cónyuges, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado de la
misma, inclusive.
Para poder acogerse a esta bonificación, será necesario que el autónomo no haya extinguido contratos de trabajo, bien por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido declarados judicialmente improcedentes.
De igual modo, se establece como requisito de acceso a las ayudas que el empleador mantenga el nivel de empleo en los seis meses posteriores a la celebración de los contratos que dan derecho a la citada bonificación.
En paralelo, la nueva normativa recoge que no se tendrán en cuenta las extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que no hayan sido declarados improcedentes.
Así, en estos casos la bonificación de cuotas prevista en esta disposición adicional se financiará con cargo a la correspondiente partida presupuestaria del Servicio Público de Empleo Estatal.
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