Aprobada la oblicación para las empresas de llevar un registro horario  - Afeco Perera - Tenerife Sur

Aprobada la obligación para las empresas de llevar un registro horario de sus empleados

Fecha 15/03/2019. Si eres un autónomo y estas de baja debes de presentar los documentos a la seguridad social en un plazo máximo de quince días.

El 12 de marzo de 2019  se ha aprobado la obligación para las empresas de llevar un registro horario. Se pretende poder controlar las horas extra no pagadas o fraudulentas, para lo que será necesario establecer un sistema de fichaje a la entrada y a la salida del trabajo.

El registro de jornada por las empresas, debe ser un registro diario y deberá incluir el horario concreto de entrada y salida.

Se trata de imponer a las empresas la obligación de implantar un sistema de cómputo de la jornada laboral efectiva de los trabajadores a tiempo completo que no se hayan comprometido de forma expresa, individual o colectivamente, a realizar horas extraordinarias.

Los trabajadores deberán de recibir un informe mensual de las horas ordinarias y extraordinarias

Entre las novedades de interés se encuentra la de que cada persona trabajadora, de forma individual, y la RLT mediante un informe, deberán recibir la relación de horas ordinarias y extraordinarias mensuales. Igualmente, la forma de compensación de las horas extra realizadas también será comunicada a los representantes de los trabajadores.

Plazos para poner en marcha el registro de horas por parte de la empresa

Las características principales te la especificamos desde Asesoría Afeco Perera, en Tenerife Sur Los Cristianos serían:

  • Todas las empresas deben de registrar “día a día” la jornada realizada por su plantilla, haciendo constar el horario de entrada y salida de cada persona trabajadora.
  • Las empresas dispondrán de dos meses desde la publicación del real decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para poner en marcha esta medida.
  • Las empresas tendrán que guardar estos registros durante cuatro años. Además los registros deben de estar a disposición de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  • Se considera infracción grave el no tener el registro de jornada sancionable con una multa de 6.250 euros                                                                                                       

¿Cómo deben registrarse las horas?

El tipo de sistema de registro responderá a la libre elección de la empresa, siempre que garantice la fiabilidad e invariabilidad de los datos y refleje, como mínimo, cada día de prestación de servicios, la hora de inicio y la hora de finalización de la jornada.

Salvo modificación normativa que lo especifique podrá realizarse mediante sistemas manuales, analógicos o digitales.

Por convenio colectivo podría negociarse la forma de registro.

 

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