El autónomo mientras está ejerciendo su actividad puede contraer deudas o que le deban dinero Cuando esto sucede, existe la posibilidad de que estas prescriban al cabo de un periodo de tiempo determinado. En concreto, y como norma general, la Ley establece que una deuda prescribe a los cinco años
Para que la deuda, efectivamente, prescriba en Asesoría Afeco Perera, en Tenerife Sur te explicamos que debes de hacer si es que el deudor no la haya reconocido. Otro condicionante que activa los tiempos y la posibilidad de prescribir es que no se vaya a los tribunales para reclamarla, siendo válidos los requerimientos notariales o cualquier otra acción extrajudicial que certifique que se está reclamando.
Lo importante si se le debe dinero al autónomo, es iniciar la reclamación cuanto antes. De este modo la deuda no puede prescribir, por lo que es relevante guardar toda la documentación que certifique que se ha procedido en esta línea.
Pero todo esto depende del tipo de deuda que se haya contraído. Por ejemplo, en el caso de que se trate de una deuda hipotecaria, ésta tendrá una duración máxima de veinte años a partir de la fecha en la que se haya contraído. El número de años sí que disminuye si se trata de deudas referentes al alquiler o de las rentas, cuyo máximo legal es de cinco años.
Sería diferente si las deudas que se contraen son con la administración. Si se debe dinero a la Seguridad Social, la deuda prescribirá a los cuatro años, mientras que si el dinero se debe a Hacienda, el máximo legal establecido es de tres años, tal y como se detalla en la Ley General Tributaria. Sin olvidar en ningún caso que si dichos organismos inician cualquier acción para reclamar al autónomo el cobro de lo adeudado, entonces no prescribirá.
En el caso de deudas de suministros como la luz, el agua o el gas, los tiempos no están tan claros. No hay acuerdo en la jurisprudencia y hay casos en los que se indica que la deuda prescribe a los tres años, mientras que otros optan por los cinco años. Cuando no hay lugar a dudas es cuando se trata de deudas bancarias, en esas situaciones el máximo legal es de un lustro antes de que se extinga el derecho.
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