Según información recibida por Asesoria Afeco Perera, en Tenerife Sur Los Cristianos, el Parlamento Europeo debatirá a partir de noviembre un paquete legislativo para que las pymes puedan trasladarse en el mercado interno de un país a otro, mediante un procedimiento simplificado, sin necesidad de asesoramiento jurídico, lo que supondrá un ahorro importante para estas empresas, sin grandes costes o retrasos.
Se defiende la unidad de la sede registral y real. En esta última se encuentra la mayor parte de sus intereses económicos y sociales. Con ello, se pretende evitar la dispersión que podría facilitar el fraude fiscal y el blanqueo de
capitales.
Una excepción legislativa
El traslado de sede social en la UE supone la migración de una sociedad de un Estado miembro a otro, de manera que, al final del proceso, la sociedad quede sometida al ordenamiento jurídico de este último, con plena conservación de
su personalidad jurídica de origen y, sin necesidad disolución.
Así, si el país de salida y el de destino admiten que la sociedad conserve su personalidad jurídica, esta no necesitará constituirse de nuevo en el país de destino y la operación será fiscalmente neutra, sin costes tributarios.
Cuando no es así, porque no existen normativas que lo prevean y sea necesario disolver la sociedad y crear una nueva en el país de destino, sí que existirá un coste fiscal a pagar.
La sociedad tiene que disolverse. En el caso de España pagará el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en su modalidad de Operaciones Societarias (ITPAJD).
En el caso del ITPAJD, el tipo impositivo es del 1 por ciento de la base imponible constituida por el valor real de los bienes entregados a los socios, sin deducción ni de los gastos ni de las deudas. En Sociedades, las plusvalías
tributan al 18 por ciento cualquiera que sea su período de generación para aquella parte de la plusvalía generada desde el 20 de enero de 2006.
Es por ello que Bruselas busca una normativa comunitaria armonizada, que permita los traslados con rapidez y sin costes adicionales.
Se regulará un derecho de separación para los socios que no quieran mantenerse en la sociedad por el traslado, pudiendo vender sus acciones a precios de mercado.
Se incluirá una protección para los intereses de los acreedores, que impida que la empresa pueda marcharse del país sin haber pagado sus deudas o sin avalarlas.
La defensa de los trabajadores se plantea puesto que, por ejemplo en el caso de Alemania tienen derecho a formar parte de los comités de observación de la gestión de la compañía, para que el traslado no suponga reducción de
derechos.
Y, finalmente, se incluirá una defensa de los intereses generales del país de origen para que no sean causa de defraudación fiscal o de blanqueo de capitales. El traslado debe resultar fiscalmente neutro.
Contacte con nuestra Asesoría Afeco Perera Tenerife y consulte con nuestros profesionales las dudas y le asesoramos de forma fácil y rápida. Si lo desea, puede visitarnos en nuestras oficinas en Los Cristianos
,Arona. Acceda a nuestra web en contacto y conozca nuestros datos de nuestra gestoría en Tenerife Sur. Somos expertos en cubrir las necesidades de particulares, empresas y autónomos en Tenerife.
Más de 22 años a su servicio en Tenerife Sur. (Arona - Los Cristianos)
Contacte ahora