Si no presento la Declaración de la Renta 2017 que hago.

Si no presento la Declaración de la Renta 2017que hago.

Fecha 05/07/2018. Si no presentas tu renta y estás obligado puedes tener una multa.

Estamos sumergidos en plena campaña de la Declaración de la Renta 2017, pero todavía existen muchas las dudas que asolan a los contribuyentes. Por el momento, todavía queda tiempo y el límite de plazo para confirmar el borrador aún queda lejos, ya que puede hacerse hasta el día 2 de julio, a excepción de para las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, que tendrán que hacerlo teniendo como tope el 27 de junio. Pese a ello, los expertos recomiendan no dormirse en los laureles y ponerse manos a la obra.

El primer punto clave reside en conocer si tienes que hacer la Declaración de la Renta 2017. A grandes rasgos, es probable que tengas que hacerla salvo si encajas en tres supuestos específicos establecidos por la Agencia Tributaria. No obstante, pese a estar exento, deberías presentar la declaración siempre que quieras aplicarte deducciones o recibir una devolución.

Bien, en el caso de que estés obligado a hacer la Renta 2017 ya sea porque tus ingresos superan los 22.000 euros -12.000 cuando exista más de un pagador- o seas autónomo, pero se te pase el plazo y no la hayas realizado, recibirás una penalización económica por parte de la Agencia Tributaria. Según cuánto tiempo hayas sobrepasado el plazo y cuál sea el resultado de tu declaración, la sanción oscilará entre el 5% y el 20%. Lógicamente, si no estabas obligado a hacerla y no optaste por ello, Hacienda no te impondrá ninguna medida punitiva.

La sanción más pequeña, del 5%, se impondrá siempre que presentes su declaración en los tres meses posteriores al plazo. El porcentaje se duplicará si el retraso comprende entre los tres y seis meses siguientes. Mientras, el recargo llegará al 15% para las declaraciones presentadas con un retraso de seis a doce meses, y si se sobrepasa la barrera de un año, el recargo llegará al 20%. A dicha cantidad se sumarán los intereses de demora, calculados según el tiempo que transcurre desde que se cumple un año hasta el día en que saldas tus cuentas pendientes con el fisco.

Pero si Hacienda te reclama la presentación de tu Declaración de la Renta, el proceso implicará, además de las sanciones detalladas arriba, un cargo extra, que oscilará entre el 50 y el 150%. La infracción será leve cuando la base de la sanción sea inferior o igual a 3.000 euros, derivando en una multa proporcional del 50%.

Por otra parte, tu infracción será considerada grave cuando la base de la sanción supere los 3.000 euros y, además, exista ocultación, llegando la multa proporcional a un porcentaje comprendido entre el 50% al 100%. Para terminar, si utilizas medios fraudulentos, la infracción se considerará muy grave y la multa proporcional se estimará entre el 100% al 150%.

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