Desde Asesoría Afeco Perera, en Tenerife Sur Los Cristianos, te vamos a explicar las cosas que debes tener en cuenta antes de proceder al alta en el RETA.
Antes de darte de alta como autónomo debes de saber si te corresponde prestación por desempleo, ya puedes utilizar ese dinero para invertirlo en tu nuevo negocio.
Una vez que has realizado todos los trámites para pedir el pago único puedes darte de alta en el Censo de Empresarios de la Agencia Tributaria después que a la Seguridad Social, de manera que si con el modelo 036 o 037 puedes justificar los gastos derivados del proceso de alta, ya que podrás emitir facturas y esto repercutirá a tu favor en tu primera declaración trimestral.
Por último debes de darte también de alta si estas en Canaria en el Censo de Empresarios de la Agencia Tributaria Canaria, pero estas exento de pago de IGIC por ser emprendedor, y no pases de 30.000€ de facturación anual.
Si quieres tener clientes en la Unión Europea, deberías de hacer el alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios. Este trámite se denomina ROI. “Te ahorrarás dinero por no pagar el IVA de tus compras”.
Si eres nuevo en el RETA podrás acceder a una tarifa plana de 60 euros durante los primeros 12 meses, algo que podría prolongarse en caso de emprendimiento rural o femenino.
En cuanto a la base de cotización, se conoce que ocho de cada diez autónomos escogen la base mínima de cotización, para de esta forma pagar menos cuota de autónomos. Con la nueva ley, tras la subida del SMI, los autónomos cotizan un poco más pero tienen derecho a mayores prestaciones y coberturas.
Los autónomos podrán cambiar su base de cotización varias veces, de modo que puedan percibir mayores en el futuro prestaciones por jubilación o por incapacidad.
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