El estudiante extranjero, que haya finalizado sus estudios, titular de una autorización previa, de educación superior podrá solicitar la Residencia para Búsqueda de Empleo en España.
Se trata de una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena que soliciten un empleador o empresario para la contratación de un trabajador que se halla en España.
La solicitud podrá ser presentada durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización de estancia por estudios o durante los 90 días naturales posteriores a esta fecha.
La autorización tendrá una duración máxima e improrrogable de doce meses surtiendo efectos desde el día siguiente a la extinción de la previa autorización de estancia.
Los familiares que podrán acompañar al titular de una autorización de residencia para la búsqueda de empleo deben ser aquellos que ya se encontraban en España y que habían obtenido, por tanto, un previo visado o autorización de estancia como familiar del estudiante.
El solicitante debe de poner huella en la policía una vez aprobada la solicitud.
Durante la vigencia de esta autorización de residencia al estudiante para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial, su titular estará autorizado a buscar empleo adecuado al nivel de estudios finalizados o para emprender un proyecto empresarial. El SOLICITANTE NO ESTA AUTORIZADO DURANTE EL AÑO QUE LE HAN APROBADO ESTA RESIDENCIA A TRABAJAR.
Una vez concedida la autorización correspondiente y durante su vigencia, en caso de encontrar un empleo adecuado en relación con el nivel de estudios finalizados, o de haber emprendido un proyecto empresarial, se deberá solicitar la autorización correspondiente.
Los estudiantes que opten por esta residencia tendrán que esperar tener UN AÑO con este tipo de autorización para poder modificar a la Residencia y Trabajo por cuenta ajena.
Si esta persona encontrase un empleo antes de este año, se le tomará en cuenta la Situación Nacional de empleo y la oferta laboral tendrá que estar dentro del Catálogo de Difícil Cobertura en España.
En casos excepcionales, donde el solicitante necesite trabajar para garantizar su subsistencia, este podrá solicitar la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia o cuenta ajena, acreditando que no tiene medios para vivir. O en caso de que decidas emprender y solicites una autorización de residencia por cuenta propia.
Si durante la vigencia de esta autorización o transcurridos los doce meses no ha encontrado trabajo, puede solicitar de nuevo una autorización de estudios siempre que cumpla los requisitos establecidos para ello.
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