Todos los cambios legales que están viviendo los autónomos
Fecha 31/01/2019. Es obligatorio cotizar por contingencias comunes y profesionales, así como por cese de actividad. Además un aumento de la base de cotización.
Desde Asesoría Afeco Perera, en Tenerife Sur Los Cirstianos vamos a explicar, todas las novedades, junto al resto de modificaciones en el terreno laboral de los autónomos este año 2019 serán:
- El profesional autónomo pasa a cotizar por una base mínima de 944,4 euros al mes. De esta manera pasa a pagar cada mes los 283,3 euros. En el caso de los autónomos societarios la cuota mínima es de 364,22 euros al mes, con una base mínima de cotización de 1.214,08 euros. Además sí que está aprobada la escala progresiva. Es decir, que el aumento de la base de cotización seguirá aumentando paulatinamente hasta el año 2022. De esta manera, hoy en día el tipo de cotización es del 30% y se reparte de la siguiente manera: 28,3% por contingencias comunes, 0,9% por contingencias profesionales, 0,7% por cese de actividad y 0,1% por formación. De cara al año que viene se aumentará hasta el 1,1% las contingencias profesionales y hasta el 0,8% el cese de actividad. Y así progresivamente hasta que en 2022 se llegue al 31% de cotización y se establezcan definitivamente estos porcentajes.
Cotización por contigencias profesionales, cese de actividad y formación
- Es obligatorio cotizar por todas las contingencias. Antes del 1 de enero los autónomos solo estaban obligados a cotizar por contingencias comunes, es decir, por enfermedad común y accidente no laboral. Desde ahora, también han de hacerlo por contingencias profesionales, cese de actividad y formación
Prestaciones desde el primer día de baja y acceso a formación
- Prestación por cuidado de niños con enfermedades graves. El autónomo tiene tienen derecho a cobrar su prestación por enfermedad profesional o accidente de trabajo, desde el primer día de baja. Además, podrán acceder a formación y reciclaje.
- Entre estas novedades está también la de que los autónomos ahora Cese de actividad. El conocido como paro de los autónomos. Ahora es obligatorio que todos coticen por él, y la prestación se ha ampliado de los 12 a los 24 meses. Sin embargo, esta es otras de las medidas que está previsto que se termine de concertar. La mitad de las solicitudes para la prestación por cese se deniegan y además se deben demostrar pérdidas durante un año. Está previsto la creación de un comité de expertos que decida cuándo se concede la prestación y que los requisitos para acceder a ella sean más flexibles.
- Obligatoriedad de la cobertura por contingencias comunes y profesionales con una mutua colaboradora de la Seguridad Social. Todos los autónomos deberán elegir una mutua que se encargue de la cobertura de ambas contingencias.
- A partir del día 61 de la baja médica del autónomo y hasta el día del alta es la mutua colaboradora de la Seguridad Social es quien se ocupa de pagar las cuotas mensuales.
La tarifa plana para autónomos pasa a ser de 60€
- Tarifa plana. Con el fin de equipararse a las nuevas bases de cotización, la cuota durante los 12 primeros meses pasa a ser de 60 euros. A partir del mes 13, las reducciones siguen siendo las vigentes en 2018.
- Autónomas reincorporadas. Las autónomas reincorporadas en los dos años siguientes a su baja por maternidad, adopción o acogimiento podrán acogerse a una tarifa plana de 60 euros al mes durante un año.
Sanciones para falsos autónomos más duras
- Falsos autónomos. Se endurecen las sanciones a las empresas que tengan contratados falsos autónomos incurren en una infracción grave, penada con multas de entre 3.126 y 10.000 euros.