Las viviendas de uso turístico con la regulación municipal: el gran salto al vacío.

Las viviendas de uso turístico con la regulación municipal: el gran salto al vacío.

Fecha 30/07/2018. La explotación de viviendas de uso turístico en los últimos meses los principales Ayuntamientos españoles.

La explotación de viviendas de uso turístico en los últimos meses los principales Ayuntamientos españoles, están tramitando y aprobando normas y planes urbanísticos que, de muy diversos modos, condicionan o restringen.

Los principales Ayuntamientos españoles, en los últimos meses siguiendo el ejemplo de la pionera Barcelona, están tramitando y aprobando normas y planes urbanísticos que, de muy diversos modos, condicionan o restringen la explotación de viviendas de uso turístico.

A falta de un régimen estatal general las normas municipales deben coordinarse con las aprobadas por las Comunidades Autónomas.

Las finalidades que los Ayuntamientos según te explicamos desde Asesoría Afeco Perera en Tenerife Sur Los Cristianos, pretenden conseguir con estas medidas son también diversas. Se trata de combatir la subida del precio del alquiler y compra de vivienda, en los perjuicios que sufren los vecinos del inmueble, en el objetivo de evitar la masificación turística, en el de lograr un turismo de mayor calidad e, incluso, en la lucha contra el ejercicio ilegal de la actividad.

Es más que probable que estas normas sean impugnadas judicialmente, no solo por los explotadores de viviendas de uso turístico y por las asociaciones que los integran, sino también por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que ya ha interpuesto varios recursos frente a normas autonómicas reguladoras de la materia.

Así, recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (Sentencia de 30 de enero de 2018, dictada en los asuntos acumulados C-360/15 y C-31/16), en contra de lo que habían sostenido, hasta entonces, varios Tribunales Superiores de Justicia y el Tribunal Supremo, ha dictaminado que la Directiva de Servicios resulta de aplicación a este tipo de normas en cuanto “se dirigen exclusivamente a las personas que pretenden desarrollar esas actividades en dichas zonas geográficas, con exclusión de los particulares en su capacidad privada”.

Esto tiene dos consecuencias fundamentales. En primer lugar, supone que la regulación municipal, para ser válida, debe cumplir con los requisitos establecidos en la Directiva de Servicios, al tratarse de una restricción al ejercicio de una actividad económica. Y, en segundo lugar, que debe ser el Ayuntamiento el que acredite el cumplimiento de la Directiva.

La restricción debe estar justificada por una razón imperiosa de interés general, la protección del entorno urbano. Mayores dudas plantean otras finalidades, generalmente alegadas por los Ayuntamientos, como evitar la subida de los precios del alquiler de vivienda o el fomento de un turismo de mayor calidad.

Contacte con nuestra Asesoría Afeco Perera Tenerife y consulte con nuestros profesionales las dudas y le asesoramos de forma fácil y rápida. Si lo desea, puede visitarnos en nuestras oficinas en Los Cristianos, Arona. Acceda a nuestra web en contacto y conozca nuestros datos de nuestra Gestoría en Tenerife Sur. Somos expertos en cubrir las necesidades de particulares, empresas y autónomos en Tenerife. Su Asesoría en Tenerife Sur.

COMPARTIR EN REDES SOCIALES:


ASESORÍA TENERIFE SUR:


Cualquier duda o consulta, contacte ahora con Asesoría Afeco Perera Tenerife.

Más de 22 años a su servicio en Tenerife Sur. (Arona - Los Cristianos)

Contacte ahora

Suscríbase a últimas noticias de Asesoría Afeco Perera Tenerife. Siempre estará informado.